La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó este miércoles que las zonas exclusivas para fumadores deben estar ubicadas únicamente al aire libre, avalando así la eliminación de áreas para fumadores en interiores de los establecimientos públicos. Con cuatro votos a favor, la Segunda Sala rechazó el amparo presentado por la cadena de casinos Play City, que argumentaba violaciones al derecho humano de libertad de comercio.
Los ministros de la Segunda Sala explicaron que esta restricción no vulnera la libertad de comercio de los establecimientos abiertos al público, ya que busca proteger el derecho a la salud de todas las personas. Con esta decisión, se busca garantizar espacios de convivencia entre personas fumadoras y no fumadoras, en cumplimiento de la Ley General para el Control del Tabaco.
La medida, que afecta a establecimientos como restaurantes, tiendas y salones de eventos, busca proteger los derechos de los no fumadores a vivir y convivir en espacios libres de humo de tabaco y emisiones, así como promover una convivencia saludable para toda la ciudadanía.